Con fecha 30 de mayo se emitió el Decreto Ejecutivo No.5 del actual periodo presidencial, mediante el cuál se transfiere a la SENAGUA todas las competencias, atribuciones, responsabilidades, funciones, delegaciones, representaciones, proyectos y programas que en materia de agua y saneamiento las ejerce el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda.
Para el cumplimiento de lo dispuesto, deberá realizarse el traspaso de la Subsecretaría de Agua Potable y Saneamiento del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda a la Secretaría Nacional del Agua.
Con respecto al riego y drenaje, se transferirán a la SENAGUA todas las competencias, atribuciones, responsabilidades, funciones, delegaciones, representaciones, proyectos y programas que en materia de riego y drenaje ejerce el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.
Además el decreto señala: “Exceptuánse las competencias, atribuciones, programas y proyectos vinculados al uso y aprovechamiento agrícola y productivo del recurso hídrico y su participación en el seguimiento del Plan Nacional de Riego, que ejerce y ejecuta en calidad de ente rector de la política nacional agropecuaria, de fomento productivo, desarrollo rural y soberanía alimentaria.”
El plazo para el proceso de transferencia de las competencias de agua potable y saneamiento y de riego y drenaje hacia la Secretaría Nacional del Agua será de noventa días.
Tal como se lee en este decreto, hay una ambigüedad con relación a las competencias de riego y drenaje entre la SENAGUA y el MAGAP (Ver Artículo 2).